Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Jilotzingo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige la junta directiva, pero solo después de que el presidente municipal sugiera a alguien para el puesto. O sea, el presidente municipal propone un nombre y la junta directiva decide si lo acepta o no. No puede nombrar al director cualquier persona, solo la junta tiene esa facultad, pero siempre a partir de la sugerencia del presidente.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.