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Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla va a ser dirigido por personas que vienen del propio mundo del deporte del municipio. Es decir, tienen que ser gente que esté metida en el deporte local, que conozcan a los atletas y a la comunidad de Papalotla, y que de verdad se preocupen por ellos. No pueden ser puros políticos o gente de fuera sin experiencia en el deporte. La idea es que quienes manejen el instituto sean personas comprometidas con los deportistas y con la sociedad del pueblo.

Texto oficial

Artículo 2.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla, será manejado, entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del municipio de Papalotla.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.