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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla tiene varias funciones para promover el deporte en tu municipio. Puede abrir escuelas gratuitas de iniciación deportiva en pueblos y colonias, y también dar becas de estudio, dinero o comida a los deportistas destacados. Organizará torneos para estudiantes desde preescolar hasta preparatoria, y clubes deportivos para toda la comunidad. Además, debe hacer públicos sus planes, metas y resultados, dar entrenadores calificados a los equipos del municipio, y apoyar con lo necesario (como transporte o equipo) los eventos deportivos que se realicen en la zona.

Texto oficial

Artículo 5.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla, tendrá las siguientes facultades: I. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Papalotla; II. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio; III. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior; IV. Organizar clubes deportivos populares permanentes; V. Involucrar a los sectores públicos, social y privado en el deporte municipal; VI. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados; VII. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales; VIII. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación; IX. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas; X. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas; XI. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del merito; XII. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas; XIII. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos; XIV. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte; XV. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE PAPALOTLA 3 XVI. Las demás que las leyes de la materia le señalen. CAPITULO TERCERO DE SUS PROGRAMAS BASICOS

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Papalotla (pág. 2) ↗

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