Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Antonio la Isla
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El director lo elige la junta directiva, pero primero el presidente municipal sugiere un nombre. La junta puede aceptar o no esa propuesta.
Texto oficial
Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.