Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 22 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Antonio la Isla

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El director lo elige la junta directiva, pero primero el presidente municipal sugiere un nombre. La junta puede aceptar o no esa propuesta.

Texto oficial

Artículo 22.- El director será nombrado por la junta directiva a propuesta del presidente municipal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.