Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Antonio la Isla
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero y los bienes con los que cuenta el Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Antonio la Isla vienen de varias fuentes. Primero, el Ayuntamiento le da el 2% de todo su presupuesto anual. También recibe terrenos, edificios y cosas como equipo o muebles que el propio Ayuntamiento le entregue. Además, puede recibir dinero, apoyos o servicios del gobierno federal, estatal o municipal. Otra parte de sus ingresos son donativos, cooperaciones o cualquier ganancia que obtenga por actividades con particulares o asociaciones. Finalmente, todo lo que gane por cobrar por sus servicios, como renta de instalaciones o clases, también forma parte de su patrimonio.
Texto oficial
Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de San Antonio la Isla, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.