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Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Tenancingo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 14 dice que el deporte de hoy tiene que responder a lo que la sociedad espera de él. Por eso, es obligatorio que todas las personas involucradas en el deporte reciban capacitación, es decir, enseñanza o entrenamiento para hacer bien su trabajo. Esto aplica a atletas, entrenadores, jueces y cualquiera que participe. En pocas palabras, nadie se puede quedar sin aprender y actualizarse.

Texto oficial

Artículo 14.- De la capacitación. El deporte en la época actual, debe cumplir con las expectativas sociales, para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.