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Artículo 24 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán tiene su propio dinero y bienes para funcionar. Ese patrimonio se forma con varias cosas: primero, recibe el 2% del dinero total que el Ayuntamiento gasta en el año. También le tocan los muebles, equipos y edificios que el Ayuntamiento le dé, además de apoyos y dinero del gobierno federal, estatal o municipal. Puede recibir donativos, cooperaciones y cualquier otro ingreso de empresas o personas, igual que lo que gana por cobrar por sus servicios. Todo eso junto es lo que tiene el Instituto para operar.

Texto oficial

Artículo 24.- El patrimonio del Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcaltitlán, se integra con: I. La asignación del 2% del total del presupuesto de egresos del H. Ayuntamiento. II. Los bienes muebles e inmuebles que el H. Ayuntamiento le asigne como organismo público descentralizado. III. Los apoyos financieros, subsidios, valores, bienes y servicios que provengan del gobierno federal, estatal y municipal. IV. Los productos, concesiones, aprovechamientos, donativos, cooperaciones y demás ingresos que adquiera por cualquier título, ya sea público, privado o social. V. Los ingresos y utilidades que obtenga por prestación de sus servicios. CAPITULO SEXTO GENERALIDADES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.