Artículo 13 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Texcalyacac
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el gobierno municipal va a hacer un censo o conteo de todas las canchas, gimnasios y espacios para hacer deporte que haya en el municipio. Con ese censo, van a revisar en qué estado están esas instalaciones y cómo las usa la gente. La idea es que, con esa información, puedan darles mejor mantenimiento y asegurarse de que nadie las deje abandonadas, sino que todo el mundo las aproveche al máximo.
Texto oficial
Artículo 13.- De las instalaciones deportivas. Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas LEY QUE CREA EL ORGANISMO PUBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FISICA Y DEPORTE DE TEXCALYACAC 4 Con éste programa se pretende realizar un censo de instalaciones deportivas asentadas en el municipio con la finalidad de conocer su estado y uso actual, con el propósito de mejorar el uso adecuado y su plena utilización.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.