- Ley
- Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan
- Artículo
- 14
Artículo 14 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Timilpan
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 14 dice que, hoy en día, el deporte tiene que estar a la altura de lo que la sociedad espera de él. Por eso es obligatorio que todas las personas que participan en el deporte reciban capacitación, es decir, que los enseñen y preparen bien para hacer su chamba. Esto aplica a cualquiera que forme parte del mundo del deporte, como jugadores, entrenadores o hasta jueces. La idea es que todos sepan lo que hacen para que el deporte cumpla con su papel en la sociedad.
Texto oficial
Artículo 14.- De la capacitación. El deporte en la época actual, debe cumplir con las expectativas sociales, para lo cual es imperativo que exista la capacitación en todos los que formen parte del deporte.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.