Artículo 4 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero tiene varias metas importantes. Busca que todos los grupos del municipio hagan deporte, que las familias y vecinos convivan más, y que la gente esté más sana tanto física como mentalmente. También quiere que aproveches bien tu tiempo libre, que los adultos mayores y personas con discapacidad tengan oportunidades de hacer deporte, y que los trabajadores también se activen. Además, pretende mejorar el nivel del deporte local, ayudar a los deportistas a conseguir servicios de salud, y promover el orgullo por el municipio a través del deporte, tanto a nivel local como nacional e internacional.
Texto oficial
Artículo 4.- El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Guerrero, tendrá los siguientes objetivos: I. Impulsar la práctica deportiva en todos los grupos y sectores del municipio; II. Propiciar la interacción familiar y social; III. Fomentar la salud física, mental, cultural y social de la población del municipio; IV. Propiciar el uso adecuado y correcto de los tiempos libres; V. Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con capacidades diferentes; VI. Promover el deporte de los trabajadores; VII. Promover el cambio de actitudes y aptitudes; VIII. Promover y desarrollar la captación de recursos humanos para el deporte; IX. Elevar el nivel competitivo del deporte municipal; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 3 de agosto de 2006. Sin reformas. LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE VILLA GUERRERO 2 X. Promover la revaloración social del deporte y la cultura física; XI. Promover fundamentalmente el valor del deporte para el primer nivel de atención a la salud; XII. Promover la identidad del municipio de Villa Guerrero, en el ámbito municipal, estatal, nacional e internacional a través del deporte; XIII. Fomentar la integración familiar y social; y XIV. Facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud. CAPITULO SEGUNDO DE SUS FACULTADES
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.