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Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Victoria

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 20 dice que el consejo o grupo de personas que toman las decisiones importantes (la junta directiva) debe reunirse al menos cada tres meses, de manera normal o planeada. También pueden juntarse de forma extraordinaria, o sea, en cualquier momento que sea necesario aunque no esté en el calendario.

Texto oficial

Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.