Artículo 20 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Villa Victoria
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 20 dice que el consejo o grupo de personas que toman las decisiones importantes (la junta directiva) debe reunirse al menos cada tres meses, de manera normal o planeada. También pueden juntarse de forma extraordinaria, o sea, en cualquier momento que sea necesario aunque no esté en el calendario.
Texto oficial
Artículo 20.- La junta directiva, sesionará por lo menos cada tres meses de forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesaria.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.