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Artículo 2 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Colegio de Bachilleres del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando en esta ley se mencione la palabra "Colegio", con mayúscula, se refiere específicamente al Colegio de Bachilleres del Estado de México. No es cualquier escuela o institución, sino únicamente esa en particular. Así que cada vez que leas ese término en el documento, ya sabes a qué institución se refiere.

Texto oficial

Artículo 2.- Para efectos de esta ley, cuando se haga referencia al Colegio, se entenderá que se trata del Colegio de Bachilleres del Estado de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.