Artículo 9 de la Ley que transforma al Organo Desconcentrado denominado Instituto de Capacitación y Adiestramiento para el Trabajo Industrial (ICATI), en Organismo Descentralizado
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Administración debe reunirse al menos cada tres meses de manera normal, y puede tener juntas extras cuando sea necesario. Para que una junta sea válida, deben estar presentes el Presidente y la mayoría de los consejeros (o todos). Las decisiones se toman por mayoría de votos, pero si hay empate, el voto del Presidente vale doble y desempata. El Secretario y el Comisario pueden dar su opinión (tienen voz), pero no pueden votar.
Texto oficial
Artículo 9.- El Consejo de Administración sesionará por lo menos cada tres meses en forma ordinaria y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario. Habrá quórum cuando concurran a la sesión que corresponda el Presidente y el total o la mayoría de los Consejeros, en cuyo caso los acuerdos que adopte el Consejo serán válidos; las decisiones se tomarán por mayoría de votos y cuando haya empate, el Presidente tendrá voto de calidad. El Secretario y el Comisario tendrán derecho a voz, pero no a voto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.