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Ley
Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec
Artículo
16

Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el deporte que haces por diversión, sin buscar competir profesionalmente, puede organizarse y financiarse como tú quieras, siempre y cuando te beneficie a ti sin olvidar que también debe ayudar a la sociedad. En otras palabras, si juegas futbol los domingos con tus cuates, pueden poner sus propias reglas y juntar dinero para la cascarita, mientras no afecten a los demás. La ley te deja libertad para manejar tu actividad, pero sin perder de vista el bien de tu comunidad.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo: También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver texto oficial de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec (pág. 4) ↗

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