Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el deporte que haces por diversión, sin buscar competir profesionalmente, puede organizarse y financiarse como tú quieras, siempre y cuando te beneficie a ti sin olvidar que también debe ayudar a la sociedad. En otras palabras, si juegas futbol los domingos con tus cuates, pueden poner sus propias reglas y juntar dinero para la cascarita, mientras no afecten a los demás. La ley te deja libertad para manejar tu actividad, pero sin perder de vista el bien de tu comunidad.
Texto oficial
Artículo 16.- Del deporte recreativo: También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.