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Artículo 16 de la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Zinacantepec

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el deporte que haces por diversión, sin buscar competir profesionalmente, puede organizarse y financiarse como tú quieras, siempre y cuando te beneficie a ti sin olvidar que también debe ayudar a la sociedad. En otras palabras, si juegas futbol los domingos con tus cuates, pueden poner sus propias reglas y juntar dinero para la cascarita, mientras no afecten a los demás. La ley te deja libertad para manejar tu actividad, pero sin perder de vista el bien de tu comunidad.

Texto oficial

Artículo 16.- Del deporte recreativo: También para su propia organización, su financiamiento, su desarrollo y todo aquello que conlleva un beneficio individual sin perder de vista el bien social. CAPITULO CUARTO DE SU ORGANIZACION INTERNA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.