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Artículo 19 del Reglamento de Becas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las escuelas particulares en México están obligadas a dar becas a por lo menos el 5% del total de sus alumnos, tomando como base la cantidad de estudiantes que tuvieron el año escolar anterior. Ese 5% puede repartirse entre becas completas (que cubren todo el costo) o parciales, pero estas últimas no pueden ser menores al 25% del precio de la colegiatura. Las becas que la escuela le da a los hijos o familiares de sus empleados no cuentan como parte de ese 5% exigido por la ley.

Texto oficial

Artículo 19.- El número de becas otorgadas por las escuelas particulares, deberá ser por lo menos del 5% de la matrícula general que registren en el ciclo escolar anterior. El porcentaje a otorgar se podrá distribuir en becas completas o parciales, no menores del 25% del costo de la colegiatura. Las becas que las escuelas particulares conceden a los hijos o familiares de sus trabajadores, no deberán considerarse dentro del porcentaje a otorgar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.