Artículo 19 del Reglamento de Becas
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las escuelas particulares en México están obligadas a dar becas a por lo menos el 5% del total de sus alumnos, tomando como base la cantidad de estudiantes que tuvieron el año escolar anterior. Ese 5% puede repartirse entre becas completas (que cubren todo el costo) o parciales, pero estas últimas no pueden ser menores al 25% del precio de la colegiatura. Las becas que la escuela le da a los hijos o familiares de sus empleados no cuentan como parte de ese 5% exigido por la ley.
Texto oficial
Artículo 19.- El número de becas otorgadas por las escuelas particulares, deberá ser por lo menos del 5% de la matrícula general que registren en el ciclo escolar anterior. El porcentaje a otorgar se podrá distribuir en becas completas o parciales, no menores del 25% del costo de la colegiatura. Las becas que las escuelas particulares conceden a los hijos o familiares de sus trabajadores, no deberán considerarse dentro del porcentaje a otorgar.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.