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Artículo 2 de la LEY de Amnistía

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Las personas que cometieron delitos muy graves no pueden recibir los beneficios de esta ley. Por ejemplo, no aplica para quienes mataron o lastimaron a alguien, excepto en dos casos específicos que ya están señalados en la ley. Tampoco aplica para quienes secuestraron a alguien o usaron armas de fuego para cometer un delito. Además, quedan fuera quienes están acusados de delitos graves que menciona el artículo 19 de la Constitución (como traición a la patria, terrorismo o crimen organizado) o que hayan cometido otros delitos graves del gobierno federal.

Texto oficial

Artículo 2. No se concederá el beneficio de esta Ley a quienes hayan cometido delitos contra la vida o la integridad corporal, salvo lo establecido en el artículo 1, fracciones I y II de esta Ley; ni a quienes hayan cometido el delito de secuestro, o cuando se hayan utilizado en la comisión del delito armas de fuego. Tampoco se podrán beneficiar las personas indiciadas por los delitos a que se refiere el artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, o que hayan cometido otros delitos graves del orden federal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.