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Artículo 1 de la LEY de Biocombustibles

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley es obligatoria en todo México y busca que los combustibles hechos de materiales orgánicos (como desechos de comida o plantas) se produzcan de forma que no dañen el ambiente. Su objetivo es que el país sea más independiente en materia de energía, usando estos biocombustibles como alternativa a los combustibles tradicionales. Para lograrlo, la ley promueve el uso de desperdicios orgánicos y plantas que crezcan en suelos de baja calidad, siempre y cuando no sean alimentos para las personas. También busca reducir la contaminación del aire y el calentamiento global, y obliga a que el gobierno federal, los estados y los municipios trabajen juntos con empresas y la sociedad para impulsar estos combustibles limpios.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social, de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular y promover el desarrollo sustentable de los Biocombustibles, con el fin de coadyuvar con la soberanía, justicia y autosuficiencia energética, como parte de la diversificación y de la transición energética, y establece las bases para: I. Promover el aprovechamiento y valorización de los residuos orgánicos para la Producción de Biocombustibles; II. Promover la producción sustentable de Biomasa para la Producción de Biocombustibles en Suelos Marginales que no provengan de insumos primarios de origen vegetal destinados para el consumo humano, salvo los provenientes de los excedentes de caña de azúcar y del sorgo; LEY DE BIOCOMBUSTIBLES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 2 de 23 III. Desarrollar e impulsar mecanismos para incentivar el uso directo de la Biomasa como Biocombustible; la Producción, importación, exportación, Almacenamiento, Transporte, Comercialización, Distribución, y el Expendio al Público de Biocombustibles; IV. Contribuir con la reducción de las emisiones contaminantes a la atmósfera, así como de gases y compuestos de efecto invernadero, mediante el desarrollo sustentable de los Biocombustibles, y V. Coordinar acciones entre los Gobiernos Federal, de las entidades federativas, de los municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, así como la concertación con los sectores social y privado para el aprovechamiento y valorización de los residuos orgánicos para la Producción de Biocombustibles y el desarrollo sustentable de los Biocombustibles.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.