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Artículo 116 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Comité Nacional va a crear una lista de beneficios o apoyos (como descuentos o facilidades) para las empresas que inviertan en proyectos que ahorren mucha energía y sean amigables con el medio ambiente, ya sea para usar esa energía en sus propias instalaciones o para venderla. Después, la Secretaría encargada le va a presentar esta lista a un grupo de dependencias del gobierno para que la autoricen y así puedan aplicarse los cambios legales, administrativos y de presupuesto que hagan falta.

Texto oficial

Artículo 116.- El Comité Nacional elaborará una propuesta de estímulos a la inversión para aquellos Industriales que realicen y pongan en marcha proyectos sustentables de alta eficiencia energética, enfocados a su propio abastecimiento y venta de energía. La Secretaría propondrá a la Comisión Intersecretarial la aprobación de esta propuesta para los efectos jurídicos, administrativos y presupuestales que sea necesario instrumentar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.