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Ley
LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar
Artículo
6

Artículo 6 de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley se aplica a tres grupos: los que venden caña de azúcar, los que la procesan para hacer azúcar, y las organizaciones que los representan, como sindicatos o asociaciones. En pocas palabras, si cultivas y vendes caña, si tienes un ingenio que la transforma, o si formas parte de un grupo que defiende sus intereses, esta ley te incluye.

Texto oficial

Artículo 6.- Son sujetos de esta Ley los Abastecedores de Caña, los Industriales procesadores de la caña de azúcar y las Organizaciones que los representan. TITULO SEGUNDO DE LAS AUTORIDADES Y DE LOS ORGANOS EN MATERIA DE LA AGROINDUSTRIA DE LA CAÑA DE AZÚCAR. CAPITULO I De la Secretaría

Ver texto oficial de la LEY de Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar (pág. 3) ↗

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