Artículo 12 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión tiene varias tareas para apoyar la producción de vino en México. Primero, debe proponer las reglas generales y las estrategias para promover la industria del vino, siguiendo el plan de desarrollo del país. También tiene que impulsar estudios sobre los diferentes tipos de uva para hacer vino. Aparte, puede exigir que los productores usen certificados o controles de calidad para cumplir con las normas oficiales, y así promover un sello que garantice la calidad del vino mexicano. La Comisión también se encarga de crear y manejar un registro de los productores de uva para vino, que sirva como herramienta para apoyar políticas y programas de gobierno. Por último, debe participar en reuniones nacionales e internacionales y publicar un informe cada año sobre lo que ha logrado.
Texto oficial
Artículo 12. La Comisión para el cumplimiento de su objeto, tendrá las siguientes funciones: I. Proponer en congruencia con el sistema de planeación democrática del desarrollo nacional, las políticas generales y definir las estrategias de fomento a la industria vitivinícola nacional; II. Fomentar la investigación acerca de las diferentes variedades y clasificaciones de uva para vinificación; III. Establecer la obligatoriedad de la adopción y uso de certificaciones y/o mecanismos de evaluación para dar cumplimiento con las normas oficiales mexicanas y en concordancia con la legislación federal aplicable, a efecto de impulsar el uso y promoción de un distintivo público acerca de la calidad y clasificación en la producción de vinos mexicanos; IV. Establecer las bases para la creación, el funcionamiento y regulación aplicable del Registro, incluyendo a los productores primarios relacionado a la producción de las variedades de Vid utilizadas para la elaboración de vinos mexicanos, mismo que servirá como base instrumento de consulta para beneficio de políticas públicas, programas, apoyos e incentivos de los diferentes ámbitos gubernamentales; V. Ser instancia de consulta y colaboración para la realización de estudios, planes, programas, proyectos y políticas públicas que se desarrollen en la materia; VI. Impulsar las políticas públicas relacionadas con el Sector, para su crecimiento y desarrollo integral del Sector; VII. Participar en foros nacionales e internacionales relacionados con el cumplimiento del objeto de la Comisión; LEY DE FOMENTO A LA INDUSTRIA VITIVINÍCOLA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 23-05-2018 5 de 9 VIII. Publicar un informe anual sobre el desempeño de sus funciones y los avances en la materia, y IX. Las demás que establezcan las disposiciones legales aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.