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Artículo 6 de la LEY de Fomento a la Industria Vitivinícola

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley aplica a personas como tú, a empresas o a cualquier grupo legalmente constituido que se dedique principalmente a la producción o venta de vino y uva. También incluye a organizaciones, comités o consejos que estén relacionados con estas actividades. Todo debe cumplir con lo que dicen las reglas oficiales. En pocas palabras, si tu negocio principal tiene que ver con el vino, esta ley te toca.

Texto oficial

Artículo 6. Son sujetos de aplicación de esta Ley toda persona física o moral que, individualmente o de forma colectiva, estén constituidos de conformidad con la legislación vigente y que preponderantemente realice actividades vitivinícolas, así como las organizaciones, asociaciones, comités y consejos vinculados a dichas actividades, de conformidad con las disposiciones de la normatividad aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.