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Artículo 40 de la LEY Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo explica cómo pedirle ayuda a la Secretaría si alguien usa tus datos personales sin respetar la ley. Tú o un representante legal pueden iniciar el trámite dentro de 15 días después de que la empresa te responda. Si la empresa no te responde, puedes acudir a la Secretaría desde que se venció el plazo que tenía para contestarte. También puedes quejarte si la empresa no te da tus datos, te los da en un formato que no entiendes, se niega a corregirlos o te da información incompleta. La Secretaría le pedirá a la empresa que responda en 15 días, revisará las pruebas, y luego te notificará para que puedas dar tus últimos argumentos antes de que resuelvan.

Texto oficial

Artículo 40. El procedimiento se iniciará a instancia de la persona titular de los datos o de su representante legal, expresando con claridad el contenido de su reclamación y de los preceptos de esta Ley que se consideran vulnerados. La solicitud de protección de datos deberá presentarse ante la Secretaría dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se comunique la respuesta a la persona titular por parte del responsable. En el caso de que la persona titular de los datos no reciba respuesta por parte del responsable, la solicitud de protección de datos podrá ser presentada a partir de que haya vencido el plazo de respuesta previsto para el responsable. En este caso, bastará que la persona titular de los datos acompañe a su solicitud de protección de datos el documento que pruebe la fecha en que presentó la solicitud de acceso, rectificación, cancelación u oposición. La solicitud de protección de datos también procederá en los mismos términos cuando el responsable no entregue a la persona titular los datos personales solicitados, o lo haga en un formato incomprensible, LEY FEDERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE LOS PARTICULARES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 12 de 24 se niegue a efectuar modificaciones o correcciones a los datos personales, la persona titular no esté conforme con la información entregada por considerar que es incompleta o no corresponda a la información requerida. Recibida la solicitud de protección de datos ante la Secretaría, se dará traslado de la misma al responsable, para que, en el plazo de quince días, emita respuesta, ofrezca las pruebas que estime pertinentes y manifieste por escrito lo que a su derecho convenga. La Secretaría admitirá las pruebas que estime pertinentes y procederá a su desahogo. Asimismo, podrá solicitar del responsable las demás pruebas que estime necesarias. Concluido el desahogo de las pruebas, la Secretaría notificará al responsable el derecho que le asiste para que, de considerarlo necesario, presente sus alegatos dentro de los cinco días siguientes a su notificación. Para el debido desahogo del procedimiento, la Secretaría resolverá sobre la solicitud de protección de datos formulada, una vez analizadas las pruebas y demás elementos de convicción que estime pertinentes, como pueden serlo aquéllos que deriven de la o las audiencias que se celebren con las partes. El Reglamento de la Ley establecerá la forma, términos y plazos conforme a los que se desarrollará el procedimiento de protección de derechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.