Artículo 3 de la LEY General para el Control del Tabaco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que cuando la Federación (el gobierno de todo el país) y los estados o la Ciudad de México trabajan juntos en temas de esta ley, deben seguir las reglas que ya están escritas en la Ley General de Salud. En otras palabras, no se inventan nuevas reglas, sino que usan las que ya existen en esa otra ley para decidir cómo repartirse responsabilidades.
Texto oficial
Artículo 3. La concurrencia entre la federación y las entidades federativas en materia de la presente Ley se hará conforme a las disposiciones correspondientes de la Ley General de Salud.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.