- Ley
- LEY General para el Control del Tabaco
- Artículo
- 37
Artículo 37 de la LEY General para el Control del Tabaco
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría elige y entrena a los verificadores, que son las personas encargadas de revisar que se cumplan las reglas de salud. Esto lo hacen siguiendo lo que dice la Ley General de Salud y otras normas relacionadas. Es como si el gobierno contratara y preparara a inspectores para asegurarse de que todo esté en orden.
Texto oficial
Artículo 37. Los verificadores serán nombrados y capacitados por la Secretaría, de acuerdo a lo establecido en la Ley General de Salud y demás disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.