Artículo 191 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo General del Instituto (el máximo órgano del INE) tiene varias facultades importantes para revisar el dinero de los partidos políticos. Por ejemplo, puede crear reglas sobre cómo los partidos deben llevar su contabilidad y reportar sus gastos, y también puede vigilar que el origen de sus recursos sea legal. Además, tiene la autoridad de revisar y aprobar los informes financieros que los partidos están obligados a presentar, y puede sancionarlos si no cumplen con las reglas de fiscalización. Otra de sus tareas es elegir a los consejeros que formarán parte de la Comisión de Fiscalización, que es el grupo encargado de supervisar estos asuntos. Si el INE decide que los organismos electorales de los estados se encarguen de revisar a los partidos locales, primero debe asegurarse de que tengan la capacidad técnica para hacerlo.
Texto oficial
Artículo 191. 1. Son facultades del Consejo General del Instituto las siguientes: a) Emitir los lineamientos específicos en materia de fiscalización, contabilidad y registro de operaciones de los partidos políticos; b) En función de la capacidad técnica y financiera del Instituto, desarrollar, implementar y administrar un sistema en línea de contabilidad de los partidos políticos, así como establecer mecanismos electrónicos para el cumplimiento de las obligaciones de éstos en materia de fiscalización; c) Resolver en definitiva el proyecto de dictamen consolidado, así como la resolución de cada uno de los informes que están obligados a presentar los partidos políticos; d) Vigilar que el origen y aplicación de los recursos de los partidos políticos observen las disposiciones legales; e) Designar a los Consejeros Electorales que formarán parte de la Comisión de Fiscalización; f) [Designar al titular de la Unidad Técnica de Fiscalización;] Inciso reformado DOF 02-03-2023 Inciso declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023 g) En caso de incumplimiento de obligaciones en materia de fiscalización y contabilidad, imponer las sanciones que procedan conforme a la normatividad aplicable, y LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS ELECTORALES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 02-06-2026 108 de 289 h) Recibir y requerir para efectos de seguimiento los avisos de contratación, previo a la entrega de bienes o servicios que celebren durante las campañas o los procesos electorales, en los que se deberá incluir la información que establezcan los lineamientos generales aplicables. 2. En el caso de que el Instituto delegue en los Organismos Públicos Locales la función de la fiscalización ordinaria de los partidos políticos locales, deberá verificar la capacidad técnica y operativa de los mismos para desempeñar dicha función, conforme a lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos. CAPÍTULO IV De la Comisión de Fiscalización
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.