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Ley
LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales
Artículo
470

Artículo 470 de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cuándo el Instituto Nacional Electoral (INE) puede iniciar un procedimiento especial por denuncias durante las elecciones. Si alguien acusa a un partido o candidato de violar ciertas reglas de la Constitución, como las de propaganda o de hacer campaña antes de tiempo, el INE, a través de su área técnica, tiene que investigar. Además, si la denuncia es por violencia política contra las mujeres por razón de género, el INE puede actuar en cualquier momento, incluso sin que alguien lo pida. En resumen, es un proceso para revisar rápido si se quebrantaron las leyes electorales.

Texto oficial

Artículo 470. 1. [Dentro de los procesos electorales, la Secretaría Ejecutiva del Instituto, por conducto de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, instruirá el procedimiento especial establecido por el presente Capítulo, cuando se denuncie la comisión de conductas que:] Párrafo reformado DOF 02-03-2023 Párrafo declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023 a) Violen lo establecido en la Base III del artículo 41 o en el octavo párrafo del artículo 134 de la Constitución; b) Contravengan las normas sobre propaganda política o electoral, o c) Constituyan actos anticipados de precampaña o campaña. 2. [La Secretaría Ejecutiva por conducto de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, instruirá el procedimiento especial establecido en este capítulo, en cualquier momento, cuando se presenten denuncias, o de oficio por hechos relacionados con violencia política contra las mujeres en razón de género.] Numeral adicionado DOF 13-04-2020. Reformado DOF 02-03-2023 Numeral declarado inválido y “recupera su vigencia con el texto que tenía al 2 de marzo de 2023” por sentencia de la SCJN a Acción de Inconstitucionalidad notificada para efectos legales el 23-06-2023 y publicada DOF 24-11-2023

Ver texto oficial de la LEY General de Instituciones y Procedimientos Electorales (pág. 231) ↗

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