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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/131
Ley
LEY General de Población
Artículo
131

Artículo 131 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado (derogado) en 2011. Cuando una ley se deroga, significa que ya no es válida ni se aplica. Así que no te preocupes por él, ya no tienes que cumplir con nada de lo que decía.

Texto oficial

Artículo 131.- (Se deroga). Artículo recorrido (antes artículo 111) DOF 22-07-1992. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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