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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/133
Ley
LEY General de Población
Artículo
133

Artículo 133 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Significa que fue eliminado de la ley. La palabra "derogado" quiere decir que dejó de tener efecto. Lo que decía antes ya no se aplica desde el 25 de mayo de 2011.

Texto oficial

Artículo 133.- (Se deroga). Artículo recorrido (antes artículo 113) DOF 22-07-1992. Derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 15) ↗

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