Artículo 15 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no es válido, está derogado, es decir, ya no tiene ningún efecto legal desde el 25 de mayo de 2011, cuando se publicó su eliminación en el Diario Oficial de la Federación. Esto quiere decir que ya no debes tomarlo en cuenta para nada, como si nunca hubiera existido en la ley actual.
Texto oficial
Artículo 15.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.