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Artículo 151 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 151 fue eliminado de la ley el 25 de mayo de 2011. Esto significa que ya no existe ni aplica para nada. Antes de esa fecha, el artículo había sido agregado en 1996 y modificado en 1999, pero después se decidió quitarlo por completo. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por ese artículo porque ya no tiene efecto legal.

Texto oficial

Artículo 151.- (Se deroga). Artículo adicionado DOF 08-11-1996. Reformado DOF 04-01-1999. Derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.