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Artículo 154 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 154 ya no está vigente. Se agregó a la ley en 1996, pero luego se eliminó oficialmente en 2011. Esto significa que ya no tienes que preocuparte por él, porque no existe como regla actual. Cuando una ley se deroga, es como si la borraran y ya no aplica para nadie.

Texto oficial

Artículo 154.- (Se deroga). Artículo adicionado DOF 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.