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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/18
Ley
LEY General de Población
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no es válido por una reforma del 25 de mayo de 2011. Está derogado, lo que significa que ya no se aplica en la práctica ni tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, ya no existe para la ley y no debes tomarlo en cuenta.

Texto oficial

Artículo 18.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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