Artículo 54 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley desde el 25 de mayo de 2011. Técnicamente, se “derogó”, que significa que se canceló oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera existido.
Texto oficial
Artículo 54.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.