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Artículo 54 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. Fue eliminado de la ley desde el 25 de mayo de 2011. Técnicamente, se “derogó”, que significa que se canceló oficialmente y ya no tiene ningún efecto legal. Puedes ignorarlo por completo, como si nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 54.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.