Artículo 63 de la LEY General de Población
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe. La ley lo eliminó oficialmente el 25 de mayo de 2011. Cuando un artículo se deroga, es como si lo borraran, así que ya no tienes que cumplirlo ni te afecta en nada.
Texto oficial
Artículo 63.- (Se deroga) Artículo reformado DOF 17-07-1990, 08-11-1996. Derogado DOF 25-05-2011
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.