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Artículo 65 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 65 fue eliminado de la ley desde el 25 de mayo de 2011, así que ya no tiene ningún efecto. Que esté "derogado" significa que ya no se aplica ni se tiene que cumplir en la actualidad. En términos prácticos, es como si ese artículo nunca hubiera existido para los casos de hoy. No hay nada que entender, obedecer o hacer al respecto, porque la ley ya no lo considera válido.

Texto oficial

Artículo 65.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.