Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LGP/65
Ley
LEY General de Población
Artículo
65

Artículo 65 de la LEY General de Población

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 65 fue eliminado de la ley desde el 25 de mayo de 2011, así que ya no tiene ningún efecto. Que esté "derogado" significa que ya no se aplica ni se tiene que cumplir en la actualidad. En términos prácticos, es como si ese artículo nunca hubiera existido para los casos de hoy. No hay nada que entender, obedecer o hacer al respecto, porque la ley ya no lo considera válido.

Texto oficial

Artículo 65.- (Se deroga) Artículo derogado DOF 25-05-2011

Ver texto oficial de la LEY General de Población (pág. 6) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.