Artículo 11 de la LEY Orgánica del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Junta de Gobierno está formada por cinco personas principales (o sus suplentes): el titular de la Secretaría del Trabajo, el de Hacienda, el del Instituto de Transparencia (INAI), el del Instituto de Estadística (INEGI) y el del Instituto Electoral (INE). El de la Secretaría del Trabajo es quien preside las reuniones. Cada uno de estos jefes puede mandar a un suplente en su lugar, pero ese suplente debe ser alguien que trabaje justo debajo de él en su misma oficina.
Texto oficial
Artículo 11. La Junta de Gobierno estará conformada por: I. El o la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, como miembro propietario o su suplente, quien fungirá como presidente; II. El o la titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, como miembro propietario o su suplente; III. El o la titular del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, como miembro propietario o su suplente; IV. El o la presidenta del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, como miembro propietario o su suplente, y V. El o la presidenta del Instituto Nacional Electoral, como miembro propietario o su suplente. Los suplentes de la Junta de Gobierno serán designados por los miembros propietarios y deberán tener una jerarquía inmediata inferior a dichos propietarios en la dependencia u organismo público de que se trate.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.