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Artículo 13 de la LEY Orgánica del Seminario de Cultura Mexicana

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los bienes, donaciones o regalos que reciba el Seminario de personas o empresas particulares no tendrán que pagar ningún impuesto, ni ningún otro cobro del gobierno. Esto aplica para todo tipo de contribuciones, ya sean federales o locales. En otras palabras, si alguien le da dinero o cosas al Seminario, no se le cobrará ningún impuesto por esa operación.

Texto oficial

ARTICULO 13.- Los bienes, aportaciones y liberalidades que el Seminario adquiera o perciba de instituciones y personas particulares estarán exentos de toda clase de contribuciones, impuestos o derechos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.