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Artículo 3 de la LEY Orgánica de la Universidad Autónoma Agraria Antonio Narro

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 3 dice que la Universidad, como institución que tiene libertad para decidir su rumbo (a eso se le llama autonomía), tiene tres objetivos principales. El primero es dar clases y preparar profesionistas en áreas como ciencias agrarias y otras que el país necesite, buscando que sean críticos, humanistas, democráticos y nacionalistas, y que ayuden a resolver problemas del campo y del país en general. El segundo objetivo es hacer investigación tecnológica, social, económica y ecológica que ayude al desarrollo sustentable, tomando en cuenta las necesidades de cada región. Y el tercero es cuidar, estudiar y difundir la cultura, la ciencia y la tecnología, especialmente lo relacionado con su misión de servicio, manteniendo un intercambio constante con la sociedad para aportar al desarrollo sustentable.

Texto oficial

ARTÍCULO 3. La Universidad, basada en el principio de autonomía, tendrá por objetivos fundamentales: I. Impartir educación y formar recursos humanos en las diferentes áreas y niveles, en el campo de las ciencias agrarias y en otras que la sociedad requiera, buscando que desarrollen el juicio crítico, la vocación humanista, los valores democráticos y los principios nacionalistas, y que resulten capaces de contribuir a la solución de los problemas del país en general y de su medio rural, en particular; II. Realizar investigación en las áreas de su competencia, cuyos resultados favorezcan al desarrollo sustentable - tecnológico, social, económico y ecológico del país -, atendiendo a las especificidades regionales; y LEY ORGÁNICA DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA AGRARIA ANTONIO NARRO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 26-04-2006 2 de 8 III. Preservar, promover, investigar y acrecentar la cultura, la ciencia y la tecnología en general, y en forma particular, las que se relacionan directamente con su naturaleza y misión de servicio, dentro de un proceso de intercambio sistemático con la sociedad, para contribuir al desarrollo sustentable. Capítulo II De su Patrimonio.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

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