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Ley
LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles
Artículo
123

Artículo 123 de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para entregar el Premio Nacional de la Cerámica, se forma un grupo de personas que deciden quién lo gana. Este grupo lo componen el Presidente de la República, el Secretario de Cultura, el jefe del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, el Gobernador de Jalisco y el Presidente municipal de Tlaquepaque. Tlaquepaque es el pueblo donde siempre se realiza el concurso oficial.

Texto oficial

Artículo 123.- Para la entrega del Premio Nacional de la Cerámica, el Consejo de Premiación se integrará por el Presidente de la República, el Secretario de Cultura, el titular del Fondo Nacional para el Fomento de las Artesanías, el Gobernador del Estado de Jalisco y el Presidente municipal de Tlaquepaque, localidad que será sede oficial del concurso. Artículo adicionado DOF 15-06-2004. Reformado DOF 30-06-2006, 17-12-2015 CAPITULO XXIII Premio Nacional de Cultura Contributiva Capítulo adicionado DOF 27-01-2015

Ver texto oficial de la LEY de Premios, Estímulos y Recompensas Civiles (pág. 25) ↗

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