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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LRAM/29
Ley
LEY de Recompensas de la Armada de México
Artículo
29

Artículo 29 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Segunda Clase se da cuando alguien comete uno de los actos de los que habla el artículo anterior, pero lo hace porque sus jefes se lo ordenaron. Es como cuando te piden hacer algo malo en el trabajo y tú lo haces solo porque te lo mandaron. Esto aplica si obedeciste una orden de alguien con más autoridad que tú.

Texto oficial

ARTICULO 29.- La de Segunda Clase se otorga por efectuar alguno de los actos expresados en el artículo anterior, procediendo por órdenes superiores.

Ver texto oficial de la LEY de Recompensas de la Armada de México (pág. 5) ↗

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