- Ley
- LEY de Recompensas de la Armada de México
- Artículo
- 29
Artículo 29 de la LEY de Recompensas de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Segunda Clase se da cuando alguien comete uno de los actos de los que habla el artículo anterior, pero lo hace porque sus jefes se lo ordenaron. Es como cuando te piden hacer algo malo en el trabajo y tú lo haces solo porque te lo mandaron. Esto aplica si obedeciste una orden de alguien con más autoridad que tú.
Texto oficial
ARTICULO 29.- La de Segunda Clase se otorga por efectuar alguno de los actos expresados en el artículo anterior, procediendo por órdenes superiores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.