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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LRAM/59
Ley
LEY de Recompensas de la Armada de México
Artículo
59

Artículo 59 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La de Primera Clase es un tipo de reconocimiento que solo se da a los jefes de estado o de gobierno, como presidentes o primeros ministros. Esto significa que no cualquier persona puede recibirla, solo quienes están al mando de un país. Es como un premio especial para la máxima autoridad de una nación.

Texto oficial

ARTICULO 59.- La de Primera Clase se otorga a los jefes de estado o de gobierno.

Ver texto oficial de la LEY de Recompensas de la Armada de México (pág. 12) ↗

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