- Ley
- LEY de Recompensas de la Armada de México
- Artículo
- 61
Artículo 61 de la LEY de Recompensas de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 61 dice que la condecoración de tercera clase se le da a los comandantes de grupos militares de otros países y a otras personas importantes que no estén incluidas en artículos anteriores. Básicamente, es un premio para jefes militares extranjeros o figuras destacadas que no califican para los primeros niveles de reconocimiento. No aplica para mexicanos comunes ni para situaciones diarias.
Texto oficial
ARTICULO 61.- La de tercera clase se otorga a los comandantes de unidades extranjeras y otras personalidades, no consideradas en los artículos anteriores.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.