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Artículo 8 de la LEY de Recompensas de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que está al mando de la autoridad militar va a ordenar que se anoten en un libro o sistema todas las recompensas que se entreguen. Esto es como llevar un control escrito de quién recibió qué premio y cuándo. Así queda un registro oficial para que no se pierda la información.

Texto oficial

ARTICULO 8o.- El Alto Mando ordenará se lleve el registro de las recompensas otorgadas. TITULO SEGUNDO De las Condecoraciones CAPITULO I Disposiciones Generales

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.