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Artículo 2 de la LEY de Seguridad Nacional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El que manda, o sea el Presidente de la República, es quien decide cómo se maneja la seguridad del país. También le toca a él dar las instrucciones para que todas las oficinas del gobierno que forman parte del Consejo de Seguridad Nacional trabajen bien coordinadas.

Texto oficial

Artículo 2.- Corresponde al Titular del Ejecutivo Federal la determinación de la política en la materia y dictar los lineamientos que permitan articular las acciones de las dependencias que integran el Consejo de Seguridad Nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.