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Artículo 10 del REGLAMENTO de la Ley de

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que puedas seguir recibiendo los apoyos del programa, después de registrarte tienes que pedirlos por cada temporada de siembra o actividad que hagas. Ese trámite lo haces en el Centro de Apoyo para el Desarrollo Rural que te toque, o en la ventanilla que te indiquen. Lo bueno es que ya no te piden que lleves papales: solo tienes que dar tu número de registro y confirmar que tus datos sigan igual, siempre y cuando sigas siendo considerado un 'Sujeto Productivo' (es decir, que cumplas con los requisitos para participar).

Texto oficial

Artículo 10.- Una vez inscritos al Padrón, los Sujetos interesados, para seguir disfrutando de los beneficios del Programa, deberán presentar solicitud para cada ciclo productivo, o actividad productiva de que se trate, al Centro de Apoyo para el Desarrollo Rural que corresponda o a la ventanilla que al efecto se autorice, sin necesidad de exhibir documentación alguna, siempre y cuando continúen calificando como Sujetos Productivos y bastará con que proporcione su clave de registro y actualice su inscripción. CAPÍTULO CUARTO DE LA DETERMINACIÓN DE LA CUOTA ENERGÉTICA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.