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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Reg_LFPDPPP/51
Ley
REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares
Artículo
51

Artículo 51 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien maneja tus datos personales (como tu nombre o dirección), debe haber un contrato o un documento legal que lo autorice. Ese documento explica qué datos se usan, para qué y hasta cuándo. El responsable (quien decide usar tus datos) es quien elige la forma de ese acuerdo, pero debe quedar por escrito. Así, si hay un problema, se puede demostrar quién hizo qué con tu información.

Texto oficial

Artículo 51. La relación entre el responsable y el encargado deberá estar establecida mediante cláusulas contractuales u otro instrumento jurídico que decida el responsable, que permita acreditar su existencia, alcance y contenido. Tratamiento de datos personales en el denominado cómputo en la nube

Ver texto oficial del REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (pág. 13) ↗

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