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Artículo 133 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno federal, a través de la Secretaría de Agricultura, va a formar equipos especiales en cada estado para atender emergencias de salud de los animales. Estos grupos se activarán solo cuando sea necesario, siguiendo los planes que ya están preparados para casos de crisis. La forma en que se les avisará y pondrá a trabajar quedará definida en las reglas oficiales de sanidad animal.

Texto oficial

Artículo 133. Para la operación del Dispositivo Nacional de Emergencia de Sanidad Animal, la Secretaría establecerá en las entidades federativas, grupos estatales de emergencia de sanidad animal, REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 37 de 91 los cuales serán convocados conforme a los planes de emergencia previamente establecidos, mediante disposiciones de sanidad animal.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 36) ↗

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