Artículo 204 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si compras productos del extranjero que necesitan frío o congelación para conservarse, como carne, pescado o lácteos, y son para que la gente los coma, estos deben ser revisados en puntos especiales de revisión para animales y alimentos. Esos lugares se llaman Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria, donde se aseguran de que estén en buen estado. La revisión es obligatoria antes de que entren al país. Esto aplica solo para importaciones, no para lo que compras en el super.
Texto oficial
Artículo 204. Las mercancías reguladas de importación que requieran de refrigeración o congelación y sean destinadas para consumo humano, deberán ser inspeccionadas en los Puntos de Verificación e Inspección Zoosanitaria para importación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.