Artículo 231 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del asunto) es la que te entrega el documento oficial que acredita a alguien como "tercero especialista autorizado", pero solo si tú lo solicitas. En otras palabras, si necesitas que alguien sea reconocido oficialmente como experto en salud animal para hacer ciertos trabajos, debes pedirlo a la dependencia; ellos te dan la constancia o el papel que lo comprueba.
Texto oficial
Artículo 231. La Secretaría será la responsable de emitir la constancia del tercero especialista autorizado, a petición del interesado. REGLAMENTO DE LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nuevo Reglamento DOF 21-05-2012 62 de 91
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.