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Artículo 240 del REGLAMENTO de la Ley Federal de Sanidad Animal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Secretaría de Agricultura va a crear un programa de capacitación con cursos básicos y de actualización sobre salud animal y buenas prácticas. Estos cursos son para las personas que quieran obtener una autorización oficial. Los veterinarios responsables y otros especialistas autorizados están obligados a tomar estos cursos, pero solo en escuelas, universidades, colegios de veterinarios, institutos o asociaciones que la Secretaría elija. Al terminar el curso, esas instituciones deben dar una constancia de asistencia. Todo esto se hace con base en los acuerdos que la Secretaría firme con esas organizaciones.

Texto oficial

Artículo 240. La Secretaría difundirá un programa de capacitación basado en cursos de inducción y actualización acerca de las disposiciones de sanidad animal y de buenas prácticas, dirigido a las personas físicas que deseen autorizarse. Será obligación de los médicos veterinarios responsables y terceros especialistas autorizados tomar los cursos de capacitación en las instituciones académicas, científicas, federaciones o colegios de profesionistas, institutos, organizaciones o asociaciones expertas en estos temas, que determine la Secretaría para fines de su autorización, y que éstas otorguen la constancia de asistencia, de acuerdo con los convenios que para tal fin celebre la Secretaría con dichas organizaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 63) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.